Actualmente, debido a la preocupante situación por la que atraviesa la Región, dado el elevado número de contagios, desde el Comité Covid-19 se ha decidido que sólo se permitirá reuniones de personas siempre y cuando pertenezcan al mismo núcleo de convivencia, tanto en espacios públicos como privados así como en interiores, exteriores y vehículos particulares.
¿Qué excepciones puede haber?
La norma será de obligado cumplimiento, excepto cuando se trate de:
- Reunión de personas menores de edad con sus progenitores en el caso de que no convivan en el mismo domicilio.
- Reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja cuando éstos vivan en domicilios diferentes
- Cuidado de personas mayores o dependientes.
- Personas que viven solas y que podrían formar parte de una única unidad de convivencia ampliada
¿A partir de cuando entra en vigor?
A partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, estando vigente en principio, durante 14 días.
Se trata de evitar que los encuentros sociales se trasladen a los domicilios, ya que el 78% de los casos en la Región proceden del ámbito de ocio y hogar.